ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHÍA

  1. Garantizar la Cobertura y calidad Educativa mediante la eficiente y adecuada administración de los recursos asignados al sector educativo.

  2. Satisfacer oportuna y efectivamente a los requerimientos realizados por la comunidad educativa.

  3. Desarrollar alternativas de transporte de los estudiantes de las IEO, que aporten a una mayor permanencia educativa.

  4. Promover la mejora y fortalecimiento de infraestructura física, dotación mobiliaria y tecnológica, que permitan mayor cobertura bajo la modalidad de jornada única.

  5. Fortalecer la formación y desarrollo profesional de docentes y directivos docentes, que redunden en un mayor liderazgo y mejora continua.

  6. Desarrollar estrategias enfocadas a mejorar y aumentar la cobertura de estudiantes beneficiarios en programas técnico- pedagógicos y preparatorios, pruebas saber.

  7. Contribuir a la permanencia de las niñas, niños, jóvenes y adultos al sistema educativo, mediante la ampliación del programa de alimentación escolar.

  8. Contribuir al acceso de jóvenes y adultos a la educación superior o terciaria mediante apoyos y créditos educativos FOES.

MISIÓN: Garantizar el acceso y permanencia de las niñas, niños, jóvenes y adultos de Chía, a un sistema educativo caracterizado por la calidad, eficiencia y pertinencia social, que forme ciudadanos comprometidos con su municipio y su país, para la construcción de una sociedad democrática, incluyente, productiva y en paz.

VISIÓN: En el año 2026 ser la mejor Secretaría de Educación de los municipios intermedios del país en Gestión educativa, generando transformación social en el municipio de Chía.

PRINCIPIOS: Competitividad, Trabajo en equipo, Proactividad.

VALORES: Responsabilidad, Respeto, Honestidad.

POLÍTICA DE CALIDAD: La Secretaría de Educación del Municipio de Chía, está comprometida con el mejoramiento continuo del sistema educativo; contribuyendo a mejorar la calidad de vida de sus habitantes, mediante la accesibilidad, asequibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad, constituyéndose en los componentes esenciales para garantizar el derecho a la educación con responsabilidad social y en paz.

De conformidad al Artículo 64 del Decreto  número 40 de fecha 16 de mayo de 2019, “Por el cual se establece el Manual Básico de la Administración Municipal de Chía y se adopta la estructura organizacional interna de la Administración central del Municipio de Chía”,  son funciones de la Secretaría de Educación:

  1. Dirigir la formulación y ejecución de políticas, planes y programas de educación en el Municipio, buscando apoyar la mejor, más equitativa y pertinente prestación del servicio, por parte del sistema educativo.

  2. Dirigir la administración de los sistemas de información inherentes al sector educativo en el municipio para el cálculo de los indicadores estadísticos Útiles al proceso de toma de decisiones y el seguimiento, la evaluación y control de los planes, programas y proyectos respectivos.

  3. Priorizar, desarrollar y realizar seguimiento a los resultados de los programas, subprogramas, proyectos, metas e indicadores, definidos en el Plan de Desarrollo del municipio para el sector educativo.

  4. Desarrollar estrategias que garanticen el acceso y permanencia de los niños, niñas y jóvenes en el sistema educativo, así como la pertinencia, calidad y equidad de la educación en sus diferentes formas, niveles y modalidades.

  5. Coordinar, supervisar y controlar los procedimientos relacionados con la solicitud, reserva, traslado y asignación de cupos y la gestión de matrícula en el sector educativo.

  6. Coordinar, supervisar y controlar los procesos relacionados con la Gestión de la Calidad del Servicio Educativo.

  7. Garantizar la calidad del Servicio Educativo y ejercerla coordinación y el seguimiento de las actividades dirigidas al mejoramiento continuo en la prestación del Servicio Educativo.

  8. Dirigir y coordinar la atención y respuestas a los requerimientos de la comunidad educativa y organizar el servicio de atención al ciudadano para garantizar un mejoramiento continuo de su atención y satisfacción.

  9. Organizar, verificar y ejecutar el plan operativo anual de inspección y vigilancia, reglamento territorial y planear las actividades de visitas de control a los Establecimientos Educativos.

  10. Coordinar y supervisar los procesos relacionados con la legalización y la administración de novedades de los Establecimientos Educativos.

  11. Incentivar el uso y la apropiación de la plataforma tecnológica informática en el servicio educativo.

  12. Dirigir la administración del recurso humano correspondiente a la planta de personal docente y directivo docente, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.

  13. Coordinar con la dependencia competente la gestión del personal administrativo para promover su desarrollo integral, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.

  14. Identificar y prever las necesidades de funcionamiento y de inversión en los Establecimientos Educativos Oficiales requeridos para su operación.

  15. Ejercer la inspección, vigilancia, control y evaluación de la calidad y prestación del servicio educativo en el municipio.

  16. Fomentar la investigación, innovación y desarrollo de los currículos, los métodos de enseñanza y la utilización de medios educativos.

  17. Definir y orientar las políticas de formación y actualización del personal docente y administrativo al servicio de la Secretaría de Educación.

  18. Fomentar la formación en el conocimiento científico técnico y tecnológico en las instituciones educativas.

  19. Diseñar e impulsar estrategias y programas para el desarrollo de los grupos étnicos atendiendo sus características socio culturales y el fomento de la interculturalidad.

  20. Diseñar e impulsar estrategias y programas para atender la educación de las personas con necesidades educativas especiales.

  21. Aprobar la creación y funcionamiento de las instituciones de educación formal y no formal, a que se refiere la Ley General de Educación y las normas que la modifiquen o actualicen.

  22. Consolidar, analizar y entregar la información sobre el comportamiento del Sistema educativo, para uso de los organismos nacionales y municipales de dirección y control.

  23. Dirigir la administración y control de los recursos propios del municipio y los provenientes del Sistema General de Participaciones con destino a la educación.

  24. Formular y promover políticas y estrategias tendientes a apoyar el acceso de la población del municipio de Chía a la educación superior en universidades legalmente instituidas.

  25. Participar en la elaboración, formulación y ejecución del Plan de Desarrollo Municipal y Plan de Ordenamiento Territorial.

  26. Participar en la elaboración, formulación y ejecución del Plan Indicativo de acción y demás instrumentos de planificación del sector.

  27. Formular los planes, programas y proyectos que permitan el cumplimiento de los objetivos de corto, mediano y largo plazo establecido en el Plan de Desarrollo Municipal, Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo complementan.

  28. Generar y reportar la información estadística y geográfica requerida para el Sistema Estadístico y Geográfico Municipal en coordinación con la Dirección de Sistemas de Información para la planificación.

  29. Garantizar el desarrollo de los procesos, planes y programas acorde a lo plantado por el Ministerio de Educación Nacional.

  30. Conocer, dar trámite y decidir el recurso de apelación de las decisiones que profieran los Inspectores de Policía respecto del comportamiento contrarios a la convivencia atribuibles a los estudiantes mayores de edad de los establecimientos educativos de los niveles de educación básica y media en los términos del artículo 34 numerales 1 y 2 del Código de Policía y convivencia.

De conformidad al Artículo 67 del Decreto  número 40 de fecha 16 de mayo de 2019, “Por el cual se establece el Manual Básico de la Administración Municipal de Chía y se adopta la estructura organizacional interna de la Administración central del Municipio de Chía”,  son funciones de la  Dirección Administrativa y Financiera: 

  1. Realizar la gestión financiera ante la Secretaría de Hacienda para el recaudo, custodia y cancelación de obligaciones de la Secretaría con recursos del Sistema General de Participaciones.

  2. Realizar las gestiones de registrar, controlar y evaluar la ejecución pasiva del presupuesto de la Secretaría y rendir los informes correspondientes.

  3. Realizar los registros contables de todas las operaciones de la Secretaría, financiadas con recursos del Sistema General de Participaciones y rendir los informes correspondientes.

  4. Prestar asesoría a las Instituciones Educativas, para analizar y consolidar sus Estados Financieros a través de los Fondos de Servicios Educativos.

  5. Presentar los informes financieros de la gestión, a los entes de control, los ministerios y la administración central del Municipio.

  6. Desarrollar estrategias que estimulen el mejoramiento de la calidad de la educación prestada por las instituciones educativas y que contribuyan a la cultura de la autoevaluación.

  7. Dirigir y coordinar las actividades de atención al ciudadano en la Secretaría.

  8. Dirigir los procesos de archivo de gestión, correspondencia, almacenamiento y provisión de elementos a las dependencias de la Secretaría.

  9. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de reclutamiento, concursos, selección, inducción, formación, actualización, perfeccionamiento, evaluación de competencias y desempeño del personal docente y, en coordinación con la Secretaría General para el personal administrativo de administrativo de las instituciones educativas del Municipio.

  10. Asegurar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos en materia de salud ocupacional, bienestar, capacitación y re-inducción de la planta de personal docente y en coordinación con la SECRETARÍA General para el personal administrativo de las instituciones educativas municipales.

  11. Gestionar los procesos de escalafón y carrera administrativa del personal de la planta docente y administrativa de las instituciones educativas municipales.

  12. Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo y actualización de los sistemas de información de personal, como registro y control, estadísticas de personal, administración de las historias laborales y expedición de certificados del personal docente y administrativo de las instituciones educativas.

  13. Adoptar los mecanismos que permitan atender las novedades y establecer oportunamente los requerimientos y excedentes en la asignación de la planta de personal docente y administrativo de las instituciones educativas.

  14. Dirigir los procesos de novedades, nómina, remuneración y prestaciones económicas del personal de las plantas docente y administrativa de las instituciones educativas municipales.

  15. Cumplir con las disposiciones legales sobre descuentos y aportes de nómina, como parafiscales, judiciales, ¡prestaciones económicas, cooperativas y otros y autorización de descuentos por libranza

  16. Reportar al Ministerio de Educación Nacional los informes mensuales sobre comportamiento de la nómina de docentes y administrativos de las instituciones educativas del Municipio.

  17. Recibir, liquidar y tramitar las solicitudes de prestaciones económicas de los docentes y administrativos de las instituciones educativas del Municipio.

  18. Llevar el control de las prestaciones solicitadas y tramitadas ante las entidades que administran los dineros de las prestaciones de los docentes y administrativos.

  19. Responder por el mantenimiento y custodia de los archivos electrónicos de novedades de las nóminas de docentes y administrativos de las Instituciones Educativas.

  20. Responder por el mantenimiento y custodia de los archivos de los expedientes de las prestaciones solicitadas y reconocidas de docentes y administrativos de las Instituciones Educativas.

  21. Articular programas y proyectos de infraestructura física educativa con la Secretaria de Obras Públicas, el Departamento y la Nación para mejorar los niveles de Calidad y Permanencia educativa.

De conformidad al Artículo 66 del Decreto  número 40 de fecha 16 de mayo de 2019, “Por el cual se establece el Manual Básico de la Administración Municipal de Chía y se adopta la estructura organizacional interna de la Administración central del Municipio de Chía”,  son funciones de la  Dirección de Gestión y Fomento a la Educación: 

  1. Promover la ejecución de los procesos de aprendizaje y el desarrollo de su diversidad, actualidad y pertinencia, teniendo en cuenta los tipos de población objeto en la jurisdicción.

  2. Promover la ejecución de los procesos evaluativos para el fortalecimiento de una educación integral en el Municipio.

  3. Promover la generación de ambientes de conocimiento integrados, diversos y «adecuados, a través de proyectos de investigación pedagógica, para fortalecer el aprendizaje.

  4. Promover la realización, adecuación e implementación de recursos de aprendizaje, medios en educación y estrategias y metodologías pertinentes para las experiencias de conocimiento y aprendizaje.

  5. Promover progRamas de actualización y formación de docentes.

  6. Promover la integración al sistema educativo del Municipio, de poblaciones especiales [con limitaciones y talentos excepcionales, adultos, campesinos y población rural, en situaciones sociales críticas).

  7. Promover la vinculación entre la educación y los contextos de productividad económica, social y cultural.

  8. Promover la comprensión, diseño y aplicación de modelos y experiencias en la educación técnica y tecnológica.

  9. Promover la articulación entre el sistema educativo formal del Municipio y la educación media con la educación superior.

  10. Promover la formulación, ejecución y seguimiento de los planes de mejoramiento de las Instituciones Educativas.

  11. Coordinar y ejecutar las políticas, lineamientos y proyectos tendientes al mejoramiento de la calidad de la educación.

  12. Diseñar estrategias de acceso y permanencia que garanticen la ampliación y sostenibilidad de la cobertura educativa en el Municipio.

  13. Adelantar programas de estímulo para el acceso a la educación de la población que se encuentra por fuera del sistema, en edad escolar.

  14. Ejecutar programas de créditos reembolsables y no reembolsables para el acceso a la educación superior.

  15. Realizar estrategias de actualización de la organización del sistema educativo en la jurisdicción.

  16. Articular programas y proyectos de infraestructura física educativa con el departamento y la nación para mejorar los niveles de asistencia y permanencia en el sistema.

  17. Articular programas y proyectos de dotaciones escolares con el departamento y la nación, para mejorar los niveles de asistencia y permanencia en el sistema.

  18. Realizar la inscripción y registro de instituciones educativas públicas y privadas en los sistemas de información oficiales.

De conformidad al Artículo 65 del Decreto número 40 de fecha 16 de mayo de 2019, “Por el cual se establece el Manual Básico de la Administración Municipal de Chía y se adopta la estructura organizacional interna de la Administración central del Municipio de Chía”, son funciones de la Dirección de Inspección y Vigilancia:

  1. Formular y ejecutar los planes programas y proyectos para el ejercicio de la función de inspección y vigilancia que ordena la Constitución Política.

  2. Ejercer la función de inspección, vigilancia y control a las instituciones educativas tanto oficiales como privadas, entidades sin ánimo de lucro con fines educativos, asociaciones de padres de familia, para que su objeto social se cumpla.

  3. Elaborar el Reglamento Territorial y el Plan Operativo Anual de Inspección y Vigilancia y legalizarlo con el acto administrativo correspondiente.

  4. Evaluar las solicitudes para el otorgamiento de personerías jurídicas, proyectar para la firma del Secretario de Educación las resoluciones correspondientes y expedir las certificaciones.

  5. Adelantar las investigaciones administrativas a que haya lugar contra establecimientos de educación formal, Instituciones de formación para el trabajo y desarrollo humano, entidades sin ánimo de lucro con fines educativos, asociaciones de padres de familia y sustanciar los respectivos actos administrativos para la firma del Secretario de Educación.

  6. Llevar el registro actualizado de las instituciones educativas, entidades sin ánimo de lucro con fines educativos, en materia de costos educativos, legalización de instituciones educativas, sanciones y demás información requerida por la Secretaría. Así mismo lo correspondiente a personería jurídica de asociaciones de padres de familia y actualización de proyectos educativos institucionales

  7. Adelantar procesos de mejoramiento continuos de la inspección y vigilancia, basados en los resultados de las evaluaciones.

  8. Coordinar lo relacionado con la elaboración y aplicación de las normas de convivencia escolar en las instituciones educativas.

  9. Realizar el seguimiento a la jornada escolar y jornada laboral de los establecimientos educativos oficiales

  10. Realizar la inscripción y registro de instituciones educativas públicas y privadas en los sistemas de información oficiales.

  11. Adelantar las gestiones necesarias para el cierre de establecimientos educativos, que así lo soliciten o con aquellos que no cumplan con las normas vigentes en la materia en la jurisdicción del Municipio de Chía.

  12. En los casos en que la dirección dentro de sus competencias llegare a evidenciar posibles irregularidades con consecuencias de tipo disciplinario, procederá a poner en conocimiento de la Dirección de Control Interno Disciplinario o el competente para el inicio de las investigaciones a que haya lugar.

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