De conformidad al Artículo 64 del Decreto  número 40 de fecha 16 de mayo de 2019, “Por el cual se establece el Manual Básico de la Administración Municipal de Chía y se adopta la estructura organizacional interna de la Administración central del Municipio de Chía”,  son funciones de la Secretaría de Educación: 

 

  1. Dirigir la formulación y ejecución de políticas, planes y programas de educación en el Municipio, buscando apoyar la mejor, más equitativa y pertinente prestación del servicio, por parte del sistema educativo.
  2. Dirigir la administración de los sistemas de información inherentes al sector educativo en el municipio para el cálculo de los indicadores estadísticos Útiles al proceso de toma de decisiones y el seguimiento, la evaluación y control de los planes, programas y proyectos respectivos.
  3.  Priorizar, desarrollar y realizar seguimiento a los resultados de los programas, subprogramas, proyectos, metas e indicadores, definidos en el Plan de Desarrollo del municipio para el sector educativo.
  4. Desarrollar estrategias que garanticen el acceso y permanencia de los niños, niñas y jóvenes en el sistema educativo, así como la pertinencia, calidad y equidad de la educación en sus diferentes formas, niveles y modalidades.
  5. Coordinar, supervisar y controlar los procedimientos relacionados con la solicitud, reserva, traslado y asignación de cupos y la gestión de matrícula en el sector educativo.
  6. Coordinar, supervisar y controlar los procesos relacionados con la Gestión de la Calidad del Servicio Educativo.
  7. Garantizar la calidad del Servicio Educativo y ejercerla coordinación y el seguimiento de las actividades dirigidas al mejoramiento continuo en la prestación del Servicio Educativo.
  8. Dirigir y coordinar la atención y respuestas a los requerimientos de la comunidad educativa y organizar el servicio de atención al ciudadano para garantizar un mejoramiento continuo de su atención y satisfacción.
  9. Organizar, verificar y ejecutar el plan operativo anual de inspección y vigilancia, reglamento territorial y planear las actividades de visitas de control a los Establecimientos Educativos.
  10. Coordinar y supervisar los procesos relacionados con la legalización y la administración de novedades de los Establecimientos Educativos.
  11. Incentivar el uso y la apropiación de la plataforma tecnológica informática en el servicio educativo.
  12. Dirigir la administración del recurso humano correspondiente a la planta de personal docente y directivo docente, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.
  13. Coordinar con la dependencia competente la gestión del personal administrativo para promover su desarrollo integral, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.
  14. Identificar y prever las necesidades de funcionamiento y de inversión en los Establecimientos Educativos Oficiales requeridos para su operación.
  15. Ejercer la inspección, vigilancia, control y evaluación de la calidad y prestación del servicio educativo en el municipio.
  16. Fomentar la investigación, innovación y desarrollo de los currículos, los métodos de enseñanza y la utilización de medios educativos.
  17. Definir y orientar las políticas de formación y actualización del personal docente y administrativo al servicio de la Secretaría de Educación.
  18. Fomentar la formación en el conocimiento científico técnico y tecnológico en las instituciones educativas.
  19. Diseñar e impulsar estrategias y programas para el desarrollo de los grupos étnicos atendiendo sus características socio culturales y el fomento de la interculturalidad.
  20. Diseñar e impulsar estrategias y programas para atender la educación de las personas con necesidades educativas especiales.
  21. Aprobar la creación y funcionamiento de las instituciones de educación formal y no formal, a que se refiere la Ley General de Educación y las normas que la modifiquen o actualicen.
  22. Consolidar, analizar y entregar la información sobre el comportamiento del Sistema educativo, para uso de los organismos nacionales y municipales de dirección y control.
  23. Dirigir la administración y control de los recursos propios del municipio y los provenientes del Sistema General de Participaciones con destino a la educación.
  24. Formular y promover políticas y estrategias tendientes a apoyar el acceso de la población del municipio de Chía a la educación superior en universidades legalmente instituidas.
  25. Participar en la elaboración, formulación y ejecución del Plan de Desarrollo Municipal y Plan de Ordenamiento Territorial.
  26. Participar en la elaboración, formulación y ejecución del Plan Indicativo de acción y demás instrumentos de planificación del sector.
  27. Formular los planes, programas y proyectos que permitan el cumplimiento de los objetivos de corto, mediano y largo plazo establecido en el Plan de Desarrollo Municipal, Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo complementan.
  28. Generar y reportar la información estadística y geográfica requerida para el Sistema Estadístico y Geográfico Municipal en coordinación con la Dirección de Sistemas de Información para la planificación.
  29. Garantizar el desarrollo de los procesos, planes y programas acorde a lo plantado por el Ministerio de Educación Nacional.
  30. Conocer, dar trámite y decidir el recurso de apelación de las decisiones que profieran los Inspectores de Policía respecto del comportamiento contrarios a la convivencia atribuibles a los estudiantes mayores de edad de los establecimientos educativos de los niveles de educación básica y media en los términos del artículo 34 numerales 1 y 2 del Código de Policía y convivencia.

 

 

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